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Kuotia

Gestoría para fisioterapeutas autónomos

Si trabajas para uno o varios centros, nos mandas el Excel del mes y te preparamos cada factura. Si tienes pacientes propios o vas a domicilio, nos pides sus facturas desde el portal o sigues con tu programa. Nosotros llevamos el IVA, la retención, el 130 y la renta.

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IVA: qué va exento y qué no

La fisioterapia es una profesión sanitaria, así que tus tratamientos van exentos de IVA. Lo que decide es para qué sirve la sesión, no la técnica ni quién te paga.

Exento
Las sesiones para tratar una lesión, rehabilitar o prevenir un problema de salud: terapia manual, punción seca, electroterapia o ejercicio terapéutico. Da igual que te pague el paciente, una aseguradora o el centro donde trabajas.
IVA del 21 %
Las clases de pilates o de ejercicio para ponerse en forma, el entrenamiento personal y los masajes de relajación o estéticos, cuando no hay un tratamiento detrás. Aunque los des tú como fisioterapeuta.
Según el caso
El mismo ejercicio puede ir de las dos formas. Si forma parte del tratamiento de un paciente, va exento. Si es una clase para mantenerse en forma, lleva IVA. Conviene que la finalidad quede en la historia clínica.

Las facturas exentas llevan la mención a la exención, el artículo 20.Uno.3.º de la Ley del IVA. La ponemos nosotros.

Si solo haces tratamientos exentos, no presentas el 303 periódico ni el 390, y el IVA que pagas en tus gastos no se recupera. Si compras servicios a proveedores extranjeros con inversión del sujeto pasivo, puede corresponder una autoliquidación especial no periódica. Lo revisa tu gestor.

Si además das clases de pilates o masajes sin fin terapéutico, presentas el 303. Un gestor comprueba si tus actividades forman sectores diferenciados de IVA. Si los forman, calcula la deducción por separado para cada sector; si corresponde aplicar prorrata, la calcula y regulariza con tus cifras. Los gastos comunes también se revisan según el régimen aplicable.

De tu Excel a la factura del centro

Si trabajas para una clínica o un centro de fisioterapia, lo normal es facturarle una vez al mes por las sesiones que has hecho. Con el Excel que ya llevas nos basta.

  1. Nos mandas el Excel del mes: fecha, servicio, unidades y precio. Lo subes al portal o lo reenvías por email.

  2. Agrupamos las sesiones por servicio y preparamos la factura para el centro, con tu numeración, la exención y la retención. Si trabajas en varios centros, sale una factura para cada uno.

  3. Un gestor la revisa y la emite. Te avisamos cuando está lista, la descargas en PDF y se la mandas al centro. En tus libros ya cuenta como ingreso.

  4. Durante el mes, arrastras tus gastos al portal: el colegio, el seguro, un curso, el material. En PDF, en foto o reenviados por email.

Si tu Excel lleva nombres de pacientes, no pasan a la factura ni a tus libros. Para facturar al centro solo hacen falta el servicio, las unidades y el precio.

Con tus pacientes propios, en tu consulta o a domicilio, es más sencillo todavía. Si alguien te pide factura, nos la pides desde el portal y tu gestor la revisa y la emite con tu numeración. Si prefieres seguir con tu programa, nos mandas el PDF y lo llevamos igual.

Lo demás es cosa nuestra: llevamos tus libros, presentamos los modelos que te toquen y la renta, y antes de cualquier cargo te decimos cuánto pagas y qué día.

La retención y el modelo 130

La clínica o el centro que te paga te retiene el 15 % de cada factura y lo ingresa en Hacienda a cuenta de tu renta. El año en que empiezas y los dos siguientes puede ser el 7 %, si el año anterior no ejerciste como profesional y se lo comunicas por escrito.

Un ejemplo

Octubre: 20 sesiones a 35 € y 2 de punción seca a 50 € en una clínica, y un grupo de pilates en tu sala con 10 alumnos que te pagan 40 € al mes más IVA cada uno. Son dos ingresos distintos; aquí van sumados.

Sesiones en la clínica, exentas de IVA800,00 €
Retención del IRPF (15 % de 800 €)− 120,00 €
Clases de pilates400,00 €
IVA (21 % de 400 €)+ 84,00 €
Cobras en total1.164,00 €

La clínica retiene también sobre la factura exenta, porque el IVA y el IRPF van por separado. Esos 120 € no se pierden: se restan de lo que te toque pagar en la renta. Tus alumnos no te retienen nada, y los 84 € de IVA se declaran en el 303 del trimestre.

Los particulares no retienen. Si al menos el 70 % de lo que cobraste el año anterior llevó retención, no presentas el 130. Si no alcanzas ese porcentaje, te toca presentarlo cada trimestre, y lo hacemos nosotros. Lo comprobamos cada año con tus números.

Más detalle sobre los tipos y cuándo se aplican en retenciones del IRPF para autónomos.

Gastos que puedes deducir

Lo que pagas para ejercer es gasto de tu actividad. Estos son los habituales en un fisioterapeuta autónomo.

  • Colegio de fisioterapeutasLa cuota colegial.
  • Seguro de responsabilidad civilLa prima de tu seguro profesional.
  • Sala o consultaEl alquiler del local, también si alquilas una sala por horas.
  • FormaciónCursos de especialización, congresos, libros y revistas profesionales.
  • MaterialCremas, vendajes, agujas y el resto del material que gastas en las sesiones.
  • Cuota de autónomosLo que pagas cada mes al RETA.

La lista completa, con ejemplos, en gastos deducibles para autónomos.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 303 si solo hago fisioterapia?

Si tu actividad es exclusivamente de tratamientos exentos, no presentas el 303 periódico ni el 390. Si además das clases de pilates o masajes sin fin terapéutico, sí, y lo presentamos nosotros. Las compras de servicios a proveedores extranjeros con inversión del sujeto pasivo pueden exigir una autoliquidación especial no periódica; tu gestor comprueba lo que corresponde.

¿La clínica me tiene que retener aunque la factura vaya sin IVA?

Sí. La retención es del IRPF y no depende del IVA. Es el 15 %, o el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes, si el año anterior no ejerciste como profesional y se lo comunicas por escrito a la clínica.

Doy clases de pilates. ¿Llevan IVA?

Si son clases para ponerse en forma, sí, el 21 %, aunque las des tú como fisioterapeuta. La exención cubre el tratamiento de un problema de salud. Si el ejercicio forma parte del tratamiento de un paciente, puede ir exento.

¿Y los masajes?

Un masaje que forma parte de un tratamiento va exento. Uno de relajación o estético, sin tratamiento detrás, lleva IVA del 21 %.

Trabajo en varios centros. ¿Me hacéis una factura para cada uno?

Sí, una por centro y periodo, cada una con su número correlativo de tu serie y su retención.

Mi Excel lleva los nombres de los pacientes. ¿Qué pasa con ellos?

No salen en la factura ni en tus libros. Para facturar al centro solo hacen falta el servicio, las unidades y el precio.

Voy a domicilio y los pacientes me pagan a mí. ¿Cómo lo lleváis?

Esas sesiones van exentas igual y no llevan retención, porque los particulares no retienen. Si un paciente te pide factura, nos la pides desde el portal. Según cuánto pese esa parte, te tocará o no presentar el 130; lo miramos cada año con tus números.

¿Puedo seguir haciendo yo las facturas?

Sí. Si ya facturas con tu programa, nos mandas el PDF y lo llevamos igual. Lo del Excel y el portal es para quien prefiere no hacerlas.

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