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Kuotia

Gestoría para psicólogos autónomos

Si pasas consulta en un gabinete o un centro, nos mandas el Excel del mes y te preparamos la factura. Si tienes pacientes propios, nos pides sus facturas desde el portal o sigues con tu programa. Nosotros llevamos el IVA, la retención, el 130 y la renta.

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IVA: qué va exento y qué no

La Ley del IVA cuenta a los psicólogos entre los profesionales sanitarios. Tu trabajo va exento cuando es asistencia sanitaria: diagnosticar, prevenir o tratar un problema de salud. Lo que decide es para qué sirve, no quién te paga.

Exento
Las sesiones de terapia y las evaluaciones para diagnosticar o tratar a un paciente. Da igual que te pague el paciente, una aseguradora o el gabinete donde pasas consulta.
IVA del 21 %
La selección de personal, el coaching, los talleres y la formación para empresas, y los informes periciales para un juicio o una reclamación.
Según el caso
Una misma prueba puede ir de las dos formas. Si evalúas a alguien para tratarle, va exenta. Si la evaluación es para que una empresa decida a quién contrata, lleva IVA.

Las facturas exentas llevan la mención a la exención, el artículo 20.Uno.3.º de la Ley del IVA. La ponemos nosotros.

Si solo haces terapia y evaluación clínica, no presentas el 303 ni el 390, y el IVA que pagas en tus gastos no se recupera.

Si además haces selección, coaching o talleres, presentas el 303 por esa parte y solo deduces el porcentaje del IVA de tus gastos que corresponde a lo que facturas con IVA (la prorrata). Durante el año se aplica el porcentaje del año anterior, y al cerrar el año lo ajustamos con tus cifras reales.

De tu Excel a la factura del gabinete

Si trabajas para un gabinete o un centro, lo normal es facturarle una vez al mes por las sesiones que has hecho. Con el Excel que ya llevas nos basta.

  1. Nos mandas el Excel del mes: fecha, servicio, unidades y precio. Lo subes al portal o lo reenvías por email.

  2. Agrupamos las sesiones por servicio y preparamos la factura para el gabinete, con tu numeración, la exención y la retención.

  3. Un gestor la revisa y la emite. Te avisamos cuando está lista, la descargas en PDF y se la mandas al gabinete. En tus libros ya cuenta como ingreso.

  4. Durante el mes, arrastras tus gastos al portal: el colegio, el seguro, la supervisión, el alquiler de la consulta. En PDF, en foto o reenviados por email.

Si tu Excel lleva nombres de pacientes, no pasan a la factura ni a tus libros. Para facturar al gabinete solo hacen falta el servicio, las unidades y el precio.

Con tus pacientes propios es más sencillo todavía. Si alguien te pide factura, nos la pides desde el portal y tu gestor la revisa y la emite con tu numeración. Si prefieres seguir con tu programa, nos mandas el PDF y lo llevamos igual.

Lo demás es cosa nuestra: llevamos tus libros, presentamos los modelos que te toquen y la renta, y antes de cualquier cargo te decimos cuánto pagas y qué día.

La retención y el modelo 130

El gabinete o la empresa que te paga te retiene el 15 % de cada factura y lo ingresa en Hacienda a cuenta de tu renta. El año en que empiezas y los dos siguientes puede ser el 7 %, si el año anterior no ejerciste como profesional y se lo comunicas por escrito.

Un ejemplo

Octubre: 16 sesiones a 40 € y 2 evaluaciones a 80 € en un gabinete, y un proceso de selección de 400 € para una empresa. Son dos facturas, una exenta y otra con IVA; aquí van sumadas.

Sesiones y evaluaciones, exentas de IVA800,00 €
Retención del IRPF (15 % de 800 €)− 120,00 €
Selección de personal400,00 €
IVA (21 % de 400 €)+ 84,00 €
Retención del IRPF (15 % de 400 €)− 60,00 €
Cobras entre las dos1.104,00 €

La retención va también sobre la factura exenta, porque el IVA y el IRPF van por separado. Esos 180 € no se pierden: se restan de lo que te toque pagar en la renta.

Tus pacientes particulares no te retienen nada. Si al menos el 70 % de lo que cobraste el año anterior llevó retención, no presentas el 130. Si la mayor parte viene de tu consulta privada, te toca presentarlo cada trimestre, y lo hacemos nosotros. Lo comprobamos cada año con tus números.

Más detalle sobre los tipos y cuándo se aplican en retenciones del IRPF para autónomos.

Gastos que puedes deducir

Lo que pagas para ejercer es gasto de tu actividad. Estos son los habituales en un psicólogo autónomo.

  • Colegio de psicólogosLa cuota colegial.
  • Seguro de responsabilidad civilLa prima de tu seguro profesional.
  • ConsultaEl alquiler del despacho, también si alquilas una sala por horas.
  • Formación y supervisiónCursos, congresos y la supervisión de tus casos con otro profesional.
  • Libros y materialLibros, revistas profesionales y material de evaluación.
  • Cuota de autónomosLo que pagas cada mes al RETA.

La lista completa, con ejemplos, en gastos deducibles para autónomos.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 303 si solo hago terapia?

No. Si todo lo que facturas es asistencia sanitaria exenta, como la terapia y la evaluación clínica, no presentas el 303 ni el 390. Si además haces selección de personal, coaching o talleres para empresas, sí, y lo presentamos nosotros.

¿El gabinete me tiene que retener aunque la factura vaya sin IVA?

Sí. La retención es del IRPF y no depende del IVA. Es el 15 %, o el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes, si el año anterior no ejerciste como profesional y se lo comunicas por escrito al gabinete.

Hago procesos de selección para una empresa. ¿Llevan IVA?

Sí, el 21 %. La exención solo cubre la asistencia sanitaria, y una selección de personal no busca diagnosticar ni tratar a nadie. Lo mismo pasa con el coaching y la formación para empresas.

Me piden un informe pericial para un juicio. ¿Va exento?

No. Un informe pericial sirve para un procedimiento judicial, no para tratar a un paciente, así que lleva IVA del 21 %. Si lo encarga una empresa o un profesional, también retención.

Mi Excel lleva los nombres de los pacientes. ¿Qué pasa con ellos?

No salen en la factura ni en tus libros. Para facturar al gabinete solo hacen falta el servicio, las unidades y el precio.

Trabajo en un gabinete y además tengo pacientes propios. ¿Cómo lo lleváis?

Las dos cosas juntas. Al gabinete le facturamos desde tu Excel, con retención. Tus pacientes no te retienen, y según cuánto pese tu consulta privada te tocará o no presentar el 130. Lo miramos cada año con tus números.

Un paciente me pide factura. ¿Me la hacéis?

Sí. Nos la pides desde el portal con sus datos y el servicio, y tu gestor la revisa y la emite con tu numeración y la mención a la exención.

¿Puedo seguir haciendo yo las facturas?

Sí. Si ya facturas con tu programa, nos mandas el PDF y lo llevamos igual. Lo del Excel y el portal es para quien prefiere no hacerlas.

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