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Kuotia

Gestoría para médicos autónomos

Si trabajas para una clínica, nos mandas el Excel del mes con lo que has hecho y te preparamos la factura. Tú arrastras tus gastos. Nosotros llevamos el IVA, la retención, el 130 y la renta.

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De tu Excel a la factura de la clínica

Muchos médicos ya apuntan cada mes en un Excel lo que hacen en la clínica. Con eso nos basta.

  1. Nos mandas el Excel del mes, el mismo que llevas ahora: fecha, acto, unidades y precio. Lo subes al portal o lo reenvías por email.

  2. Agrupamos los actos por concepto y preparamos la factura para la clínica, con tu numeración, la exención de IVA donde corresponde y la retención. Si mezclas actos exentos y con IVA, salen dos facturas seguidas.

  3. Un gestor la revisa y la emite. Te avisamos cuando está lista, la descargas en PDF y se la mandas a la clínica. En tus libros ya cuenta como ingreso.

  4. Durante el mes, arrastras tus gastos al portal: el recibo del colegio, el seguro, un curso, el material. En PDF, en foto o reenviados por email.

La primera vez, un gestor mira cómo está hecho tu Excel. Los meses siguientes la factura sale sola, y si un mes cambias el formato, lo vuelve a revisar antes de preparar nada.

Si tu Excel lleva nombres de pacientes, no pasan a la factura ni a tus libros. Para facturar solo hacen falta el concepto, las unidades y el precio.

Lo demás es cosa nuestra: llevamos tus libros, presentamos los modelos que te toquen y la renta, y antes de cualquier cargo te decimos cuánto pagas y qué día.

IVA: qué va exento y qué no

La asistencia médica está exenta de IVA. La medicina estética, en general, no. Lo que decide es la finalidad del acto, no la técnica ni quién te paga.

Exento
Consultas, pruebas, cirugía y tratamientos para diagnosticar, prevenir o tratar una enfermedad o un problema de salud. Da igual que factures al paciente, a una aseguradora o a la clínica.
IVA del 21 %
Los tratamientos con una finalidad solo estética, como la depilación láser o los rellenos, y los informes periciales para un juicio o una reclamación.
Según el caso
Una blefaroplastia o un láser pueden ir exentos si corrigen un problema de salud, como un párpado que tapa la visión. La finalidad la determina el médico y conviene que quede en la historia clínica.

Las líneas exentas llevan en la factura la mención a la exención, el artículo 20.Uno.3.º de la Ley del IVA. La ponemos nosotros.

Si toda tu actividad es asistencia exenta, no presentas el 303 periódico ni el 390, y el IVA que pagas en tus gastos no se recupera: cuenta como gasto en tu renta. Si compras servicios a proveedores extranjeros con inversión del sujeto pasivo, puede corresponder una autoliquidación especial no periódica. Lo revisa tu gestor.

Si haces de las dos cosas, como en el ejemplo de arriba, presentas el 303. Un gestor comprueba si tus actividades forman sectores diferenciados de IVA. Si los forman, calcula la deducción por separado para cada sector; si corresponde aplicar prorrata, la calcula y regulariza con tus cifras. Los gastos comunes también se revisan según el régimen aplicable.

La regla es la misma para otros sanitarios. Si eres fisioterapeuta, el caso del pilates y los masajes está en gestoría para fisioterapeutas autónomos.

La retención cuando facturas a una clínica

La clínica te retiene el 15 % de cada factura y lo ingresa en Hacienda a cuenta de tu renta. El año en que empiezas y los dos siguientes puede ser el 7 %, si se lo comunicas por escrito.

Un ejemplo

Octubre en una clínica: 10 consultas a 60 € y 3 sesiones de depilación láser a 120 €. Salen dos facturas, una exenta y otra con IVA; aquí van sumadas.

Consultas, exentas de IVA600,00 €
Depilación láser360,00 €
IVA (21 % de 360 €)+ 75,60 €
Retención del IRPF (15 % de 960 €)− 144,00 €
La clínica te paga891,60 €

La retención se calcula sobre toda la factura, también sobre la parte exenta, porque el IVA y el IRPF van por separado. Esos 144 € no se pierden: se restan de lo que te toque pagar en la renta.

Si al menos el 70 % de lo que cobraste el año anterior llevó retención, no presentas el 130. Si además tienes consulta privada, lo que te pagan los pacientes no lleva retención y es fácil que te toque presentarlo. Lo comprobamos cada año con tus números.

Más detalle sobre los tipos y cuándo se aplican en retenciones del IRPF para autónomos.

Gastos que puedes deducir

Lo que pagas para ejercer es gasto de tu actividad. Estos son los habituales en un médico autónomo.

  • Colegio de médicosLa cuota colegial, entera.
  • Seguro de responsabilidad civilLa prima de tu seguro profesional.
  • FormaciónCursos, congresos, libros y revistas de tu especialidad.
  • MaterialMaterial sanitario e instrumental. Lo que dura varios años, como un equipo, se amortiza.
  • Autónomos o mutualidadLa cuota del RETA. La de una mutualidad alternativa, hasta la cuota máxima por contingencias comunes del RETA.
  • Seguro de saludHasta 500 € al año por ti, tu cónyuge y tus hijos menores de 25 años que vivan contigo.

La lista completa, con ejemplos, en gastos deducibles para autónomos.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 303 si solo hago asistencia médica?

Si tu actividad es exclusivamente asistencia sanitaria exenta, no presentas el 303 periódico ni el 390. Si además haces tratamientos estéticos con IVA, sí, y lo presentamos nosotros. Las compras de servicios a proveedores extranjeros con inversión del sujeto pasivo pueden exigir una autoliquidación especial no periódica; tu gestor comprueba lo que corresponde.

¿La clínica me tiene que retener aunque la factura vaya sin IVA?

Sí. La retención es del IRPF y no depende del IVA. Es el 15 %, o el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes, si el año anterior no ejerciste como profesional y se lo comunicas por escrito a la clínica.

¿La depilación láser o el bótox llevan IVA?

Normalmente sí, el 21 %, cuando la finalidad es solo estética. Si el tratamiento corrige un problema de salud, puede ir exento. La primera vez revisamos contigo cada concepto de tu Excel y después lo aplicamos igual en cada factura.

Mi Excel lleva los nombres de los pacientes. ¿Qué pasa con ellos?

No salen en la factura ni en tus libros. Para facturar a la clínica solo hacen falta el concepto, las unidades y el precio.

Trabajo en varias clínicas. ¿Me hacéis una factura para cada una?

Sí, una por clínica y periodo, cada una con su número correlativo de tu serie y su retención.

¿Y si un mes el Excel viene distinto?

Lo revisa un gestor antes de preparar la factura. Si el formato es el de siempre, la factura sale sola.

¿Cotizar en el RETA o en una mutualidad cambia mis impuestos?

Las dos cuotas son gasto de tu actividad: la del RETA entera y la de una mutualidad alternativa hasta la cuota máxima por contingencias comunes del RETA. La elección es tuya; si dudas, pregúntanos con tus números.

¿Puedo seguir haciendo yo las facturas?

Sí. Si ya facturas con tu programa, nos mandas el PDF y lo llevamos igual. Lo del Excel es para quien prefiere no hacerlas.

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