Te lo contamos con un ejemplo que cuadra de principio a fin. Irene es diseñadora gráfica en Valencia, autónoma en estimación directa simplificada. Factura unos 30.000 € al año con unos 5.000 € de gastos, así que, según nuestra calculadora de cuota de autónomos, está en el tramo 5 de la tabla general y cotiza por la base mínima: 380,88 € al mes. Vamos a seguir su recibo de octubre de 2026.
Cómo consultar el recibo de autónomos en Import@ss
Import@ss es la web de la Tesorería General de la Seguridad Social para los trámites de cotización. Ahí tienes el historial de tus recibos desde junio de 2018, mes a mes, y lo puedes consultar cuando quieras:
- Entra en Import@ssCl@veCertificadoEn portal.seg-social.gob.es, con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Cuando quieras
- Pagos y deudasRecibosEn «Consulta de pagos y deudas», «Consulta de recibos de trabajo autónomo» y «Consultar recibos». Desde 06/2018
- Elige el mesDetalleVerás la base y cada concepto de la cuota. Guárdalo con tus gastos, junto con el cargo del banco. Mes a mes
- En tu bancoDomiciliacionesEl cargo de cada mes sale como un recibo domiciliado de la Tesorería, con su importe y su fecha. Es lo que prueba que se pagó; el desglose está en Import@ss.
- Si necesitas un documento oficialPDFPara un banco o una ayuda, el informe de cuotas ingresadas de Import@ss se descarga en PDF con lo que has pagado. Y quien tiene tu representación puede consultar tus recibos como apoderado.
Qué significa cada línea del recibo
Cada recibo es de un mes y siempre se lee igual: quién paga y qué mes, la base de cotización y el tipo, que en 2026 es el 31,50 % repartido en cinco conceptos. Así queda el de Irene de octubre:
- Tus datos y el mes. Tu número de afiliación y el periodo que paga: cada recibo es de un mes, octubre en este caso.
- La base de tu tramo. Irene prevé un rendimiento de unos 1.858 € al mes, tramo 5, y cotiza por la base mínima: 1.209,15 €.
- El 31,50 %, por partes. La mayor, 28,30 %, cubre la jubilación, las bajas por enfermedad común o accidente no laboral y el nacimiento y cuidado de menor. Las otras: accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el paro de los autónomos, formación y el MEI.
- Cuándo y dónde. Se carga el último día hábil del mes en la cuenta que domiciliaste: el viernes 30 de octubre.
La base la eliges tú dentro de los límites de tu tramo, que depende del rendimiento que esperas en el año. Si Irene cotizara por una base más alta, cada línea subiría en proporción y su recibo también. Si estás con la tarifa plana, tu recibo son los 80 € de la tarifa más el MEI. Y el mes en que te das de alta o de baja, si es de las tres primeras altas o bajas del año y la pides en plazo, solo pagas los días que estuviste de alta: la cuota del mes entre 30, por cada día. Cómo sale tu tramo y la tabla entera, en cuota de autónomos 2026.
Cuándo se cobra la cuota de autónomos
Cada cuota se paga dentro del mismo mes al que corresponde, y como el pago va domiciliado, el banco la carga el último día hábil de ese mes. La cuenta puede ser de otra persona, si te autoriza.
- EllaSi cambia la cuenta, vale para octubreLo pide en Import@ss y el cargo de este mes ya va a la cuenta nueva.
- EllaDesde hoy, el cambio es para noviembreOctubre se carga todavía en la cuenta de antes.
- Seguridad SocialCargo de la cuota de octubre: 380,88 €El último día hábil del mes: el 31 es sábado, así que se carga el viernes.
Qué pasa si no pagas un recibo de autónomos
Si el día del cargo no hay saldo o devuelves el recibo, la cuota queda sin pagar en su plazo, que acaba el último día hábil del mes. Desde ahí lleva recargo, y cuanto más esperes, mayor. Con el alta hecha en su día, que es lo normal, el recargo es del 10 % o del 20 %. Así iría el de Irene si su cargo de octubre no pasara:
- Seguridad SocialEl cargo vuelve: 380,88 € pendientesLa cuenta no tenía saldo o Irene devolvió el recibo. El plazo acaba ese mismo día.
- EllaLa paga en noviembre: 418,97 €380,88 € más el 10 % de recargo, 38,09 €, con el documento de pago de Import@ss o con tarjeta.
- EllaDesde diciembre: 457,06 €El recargo sube al 20 %, 76,18 €, y la cuota de noviembre se le sigue cargando aparte.
- Si sigue sin pagarVía de apremioLa Tesorería le notifica una providencia de apremio con 15 días naturales para pagar. Si no paga, le exige también los intereses de demora desde que venció la cuota y puede embargarle la cuenta o el sueldo.
Con cuotas vencidas sin pagar no estás al corriente con la Seguridad Social, salvo que tengas un aplazamiento concedido y lo cumplas. Si pides una prestación, como una baja médica o el cese de actividad, y solo te falta eso, te invitan a pagar lo que debes. Y muchas ayudas y contratos públicos piden estar al corriente.
Al cargo, sin recargo380,88 €
El mes siguiente, +10 %418,97 €
Más tarde, +20 %457,06 €
Las barras miden el recargo. Lo que pagues de recargo no se recupera en tu renta: el gasto deducible es la cuota, no lo que se suma por pagarla tarde.
Cómo se deduce el recibo en el 130 y en la renta
La cuota de autónomos es gasto de tu actividad, entera. En el modelo 130 entra en la casilla 02 con el resto de tus gastos, cada cuota en el trimestre del mes que paga: tres por trimestre. Así queda el 130 del primer trimestre de Irene, calculado con nuestro motor fiscal, el mismo que prepara las declaraciones de nuestros clientes. Sus clientes no le retienen y su rendimiento neto del año anterior pasó de 12.000 €, así que no tiene minoración en la casilla 13:
Los tres recibos le bajan el pago del trimestre en 217,10 €. El 130 es acumulado desde enero: en el del cuarto trimestre, la casilla 02 ya lleva los doce recibos del año, 4.570,56 €. Y en el 303 no aparecen, porque no llevan IVA.
En la renta, las cuotas del año van en los gastos de tu actividad en estimación directa, y lo que mueve la regularización, cuando llega, va aparte. Con las casillas del modelo de la renta de 2025:
- Tus doce recibos0186Seguridad Social del titular de la actividad. Irene pondrá 4.570,56 €, la suma de los doce de 2026.
- La regularización01960197Lo que te cobra de más la regularización de un año anterior es más gasto en el año en que lo pagas (0196); lo que te devuelve, menos gasto en el año en que lo cobras (0197). Si la devolución pasa de las cuotas que pagaste ese año, el exceso va como otros ingresos, en la 0178.
Si además trabajas por cuenta ajena, tu nómina cotiza aparte y la cuota del RETA sigue siendo gasto de tu actividad. Lo contamos en autónomo y asalariado a la vez. Y el resto de lo que puedes restar, en gastos deducibles para autónomos.
Por qué el recibo de autónomos no lleva IVA
Porque no pagas un servicio: pagas una cotización obligatoria a la Seguridad Social. No hay IVA que deducir ni factura que pedir.
- No es una facturaJustificantePara deducir el IVA de un gasto necesitas una factura a tu nombre. La cuota no tiene IVA ni factura, y para el IRPF te sirven como justificante el recibo y el cargo del banco, apuntados en tu libro de gastos.
- Ni en el 303 ni en el 347Fuera del 303Fuera del 347No va en tus casillas de IVA soportado. Y como no es una compra de bienes o servicios, tampoco cuenta para el 347 de operaciones con terceros.
Errores frecuentes
- Devolver el recibo en el bancoParece un ahorro de un mes y es una deuda con recargo.Si no puedes pagarla, pide un aplazamiento: si te lo conceden y lo cumples, sigues al corriente.
- Quedarte sin saldo a fin de mesEl cargo llega el último día hábil, a menudo antes de que cobres tus facturas.Deja la cuota apartada desde principios de mes.
- Olvidarla en el 130No llega con factura, así que se escapa. Son 1.142,64 € de gasto por trimestre en el caso de Irene.Suma los tres recibos de cada trimestre en la casilla 02.
- Restarle un IVA que no llevaSacar un 21 % de IVA de la cuota baja el gasto y sube el IVA deducible sin razón.La cuota entera es gasto y el IVA es cero.
- Deducir también el recargoLos recargos por pagar tarde no son gasto deducible.Deduce solo la cuota del mes.
- Mezclar la regularización con tus recibosLo que te cobra o te devuelve la regularización no es la cuota de un mes del año: en la renta va en su propia casilla.Apúntala aparte, en el año en que la pagas o la cobras.
Cómo lo llevamos en Kuotia
La cuota la sigues pagando tú, por domiciliación. Lo que deja de ser cosa tuya es llevarla a tus impuestos:
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TúConsultas cada reciboDoce al año, en Import@ss
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TúLos sumas en tu 130Tres por trimestre, en la casilla 02
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TúY otra vez en la rentaCon la regularización, si llega
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TúNos reenvías el reciboO lo subes con una foto; si tenemos tu base, ni eso
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Tu gestorEntra en tus librosComo la cuota del mes, sin IVA
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Tu gestorCuenta en tu 130 y tu rentaQue presentamos nosotros
Tu cuota, en tus gastosCon los datos de tu alta o tu base de cotización, la cuota se apunta sola en tus gastos cada mes, el día del cargo. Si nos mandas el recibo, lo leemos y cuenta el importe del recibo. Desde ese día entra en tu 130 y en tu renta, que presentamos nosotros.
Si nos falta algo, te lo pedimosCuando nos falta un recibo, te lo pedimos una vez, con fecha, y lo subes desde el móvil. Y si te llega una carta de la Seguridad Social por una cuota, la subes y te explicamos qué es.
Si quieres que tu cuota, tus facturas y tus impuestos dejen de ser cosa tuya, mira cómo funciona Kuotia o los precios.
Más sobre tu cuota y tus impuestos
- Cuota de autónomos 2026Tramos, tarifa plana y regularización
- Calculadora de cuotaTu tramo y tu cuota, con tus números
- Modelo 130El pago a cuenta del IRPF, casilla a casilla
- Gastos deduciblesQué puedes restar y con qué justificante
- Darse de bajaLa última cuota y lo que queda después
- La renta del autónomoCómo se declara tu actividad
Fuentes oficiales
Consultadas el 22 de octubre de 2026.
- Orden PJC/297/2026, de cotización para 2026, artículo 18.2 (contingencias comunes, profesionales y MEI del RETA) y artículo 37.5 y 6 (cese de actividad y formación profesional), BOE.
- Ley General de la Seguridad Social, artículos 30 y 47: recargos por ingreso fuera de plazo y estar al corriente para las prestaciones, BOE (texto consolidado).
- Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004), artículos 56 y 84: las cuotas del RETA se ingresan dentro del mismo mes y la providencia de apremio, BOE (texto consolidado).
- Consulta de recibos de trabajo autónomo y Consulta de pagos y deudas, Import@ss, Tesorería General de la Seguridad Social.
- Guía práctica de trabajo autónomo: cargo el último día hábil del mes, cambio de cuenta y tarifa plana, Import@ss.
- Informe de cuotas ingresadas, Import@ss.
- Manual práctico de Renta 2025, gastos del titular de la actividad: las cotizaciones al RETA y la regularización (casillas 0196 y 0197), Agencia Tributaria.