Visión general: el año fiscal de un autónomo
Cuando te das de alta como autónomo, nadie te entrega un calendario con todas las fechas que debes recordar. Y sin embargo, perderse un plazo puede costarte desde un recargo del 1% hasta una sanción del 150%. Este artículo es exactamente eso: tu calendario fiscal completo para 2026, con todas las fechas, todos los modelos y todas las trampas que debes evitar.
El año fiscal del autónomo gira en torno a cuatro trimestres. Después de cada uno, tienes un plazo (normalmente del 1 al 20 del mes siguiente) para presentar tus declaraciones. Además, hay obligaciones anuales que caen en enero, febrero y primavera.
Estos son los modelos que verás a lo largo del año:
- Modelo 303: declaración trimestral del IVA. El más importante y frecuente.
- Modelo 130: pago fraccionado del IRPF (si estás obligado).
- Modelo 349: declaración de operaciones intracomunitarias (si facturas o compras a otros países de la UE).
- Modelo 390: resumen anual del IVA (solo en enero, con el 4T).
- Modelo 180: resumen anual de retenciones por arrendamiento (si alquilas local y retienes).
- Modelo 347: declaración de operaciones con terceros (si superas 3.005,06 € con algún proveedor o cliente).
- Modelo 100: declaración de la Renta anual (abril-junio).
Clave
No todos los modelos te aplican
La mayoría de autónomos solo presentan el 303 y el 130 cada trimestre, más el 390 y la renta una vez al año. El 349 solo si trabajas con la UE, y el 347 solo si superas el umbral con algún tercero. No te agobies: identifica cuáles son los tuyos y céntrate en esos.
1T (abril 2026): presentación del primer trimestre
El primer "deadline" del año cae en abril. Aquí declaras la actividad de enero, febrero y marzo.
| Modelo | Concepto | Plazo presentación | Plazo domiciliación |
|---|---|---|---|
| 303 | IVA trimestral (1T) | 1 al 20 de abril de 2026 | 1 al 15 de abril de 2026 |
| 130 | Pago fraccionado IRPF (1T) | 1 al 20 de abril de 2026 | 1 al 15 de abril de 2026 |
| 349 | Operaciones intracomunitarias (1T) | 1 al 20 de abril de 2026 | No aplica |
Si llevas todo al día, la presentación del 1T no debería tomar más de 30 minutos. El truco está en tener tus facturas emitidas y tus gastos registrados antes de que empiece abril. No dejes la organización para el día 18.
Consejo
Prepara los números el último día del trimestre
El 31 de marzo, dedica 15 minutos a cerrar tu registro de facturas e ingresos del trimestre. Así, cuando llegue el 1 de abril, ya tienes todos los datos listos y puedes presentar enseguida. Cuanto antes presentes, antes te quitas el estrés.
2T (julio 2026): presentación del segundo trimestre
Después de abril, mayo y junio, toca la segunda ronda. Los plazos son idénticos en estructura:
| Modelo | Concepto | Plazo presentación | Plazo domiciliación |
|---|---|---|---|
| 303 | IVA trimestral (2T) | 1 al 20 de julio de 2026 | 1 al 15 de julio de 2026 |
| 130 | Pago fraccionado IRPF (2T) | 1 al 20 de julio de 2026 | 1 al 15 de julio de 2026 |
| 349 | Operaciones intracomunitarias (2T) | 1 al 20 de julio de 2026 | No aplica |
Plazo
Cuidado con las vacaciones de julio
Julio es traicionero. Muchos autónomos se van de vacaciones a principios de mes y se olvidan de que el plazo termina el día 20. Si tienes previsto desconectar, presenta antes de irte o programa un recordatorio. Un olvido de vacaciones puede costarte un recargo innecesario.
Recuerda que el Modelo 130 del 2T es acumulativo: incluyes los ingresos y gastos de enero a junio, no solo los de abril a junio.
3T (octubre 2026): presentación del tercer trimestre
La rutina trimestral se repite. Julio, agosto y septiembre se declaran en octubre:
| Modelo | Concepto | Plazo presentación | Plazo domiciliación |
|---|---|---|---|
| 303 | IVA trimestral (3T) | 1 al 20 de octubre de 2026 | 1 al 15 de octubre de 2026 |
| 130 | Pago fraccionado IRPF (3T) | 1 al 20 de octubre de 2026 | 1 al 15 de octubre de 2026 |
| 349 | Operaciones intracomunitarias (3T) | 1 al 20 de octubre de 2026 | No aplica |
El 3T suele ser más tranquilo en cuanto a facturación (efecto verano), pero los gastos siguen corriendo. No olvides incluir la cuota de autónomos de los tres meses de verano en tu Modelo 130.
4T (enero 2027): el mes más intenso
Enero es, sin duda, el mes más cargado del calendario fiscal del autónomo. Además de declarar el cuarto trimestre (octubre-diciembre), toca presentar los resúmenes anuales. Y el plazo es más largo: hasta el 30 de enero (no el 20), y el 31 para el 180 y el 190. En 2027 el 30 de enero cae en sábado y el 31 en domingo, así que todos estos plazos pasan al lunes 1 de febrero.
| Modelo | Concepto | Plazo presentación | Plazo domiciliación |
|---|---|---|---|
| 303 | IVA trimestral (4T) | 1 de enero al 1 de febrero de 2027 | 1 al 25 de enero de 2027 |
| 130 | Pago fraccionado IRPF (4T) | 1 de enero al 1 de febrero de 2027 | 1 al 25 de enero de 2027 |
| 349 | Operaciones intracomunitarias (4T) | 1 de enero al 1 de febrero de 2027 | No aplica |
| 390 | Resumen anual del IVA | 1 de enero al 1 de febrero de 2027 | No aplica |
| 180 | Resumen anual retenciones alquiler | 1 de enero al 1 de febrero de 2027 | No aplica |
Plazo
Enero: hasta 6 modelos a la vez
Si facturas a la UE y tienes local alquilado, podrías tener que presentar hasta 6 modelos diferentes en enero: 303, 130, 349, 390, 180 y el 115 del cuarto trimestre, que vence antes, el 20 de enero. Planifica con antelación. No dejes todo para los últimos días.
Enero también es el mejor mes para cambiar de gestoría: tu gestoría actual presenta el cuarto trimestre del año que acaba y la nueva empieza el año con libros nuevos.
El Modelo 390: resumen anual del IVA
El 390 es básicamente la suma de tus cuatro Modelos 303 del año. Si has presentado correctamente los 303 trimestrales, rellenar el 390 es casi automático: los datos deben cuadrar exactamente. Hacienda lo usa para verificar que tus declaraciones trimestrales son coherentes.
Un dato importante: en el 303 del 4T, si el resultado acumulado del año es negativo (Hacienda te debe IVA), puedes solicitar la devolución marcando la casilla correspondiente. Es la única vez en el año que puedes pedir que te devuelvan el IVA (salvo que estés inscrito en el REDEME).
Febrero 2027: Modelo 347
| Modelo | Concepto | Plazo |
|---|---|---|
| 347 | Declaración anual de operaciones con terceros | 1 de febrero al 1 de marzo de 2027 |
El Modelo 347 es una declaración informativa (no pagas nada). Debes presentarla si durante 2026 has realizado operaciones que superen los 3.005,06 € con un mismo proveedor o cliente. Se incluyen las cantidades con IVA.
Ejemplo
¿Debo presentar el 347? Un ejemplo rápido
Si durante 2026 has pagado 250 €/mes a tu espacio de coworking (con IVA = 302,50 €/mes), el total anual es 3.630 €, así que supera el umbral. Debes declarar esa operación en el 347.
Si tu mayor cliente te ha pagado 5.000 € en el año (IVA incluido), también se declara, salvo que te haya retenido IRPF: esas facturas ya van en su modelo 190.
Si ningún proveedor ni cliente supera los 3.005,06 € anuales, no necesitas presentar el 347.
El detalle clave: los importes del 347 deben cuadrar entre las dos partes. Si tú declaras que has pagado 3.630 € a tu coworking, ellos deben declarar que han cobrado 3.630 € de ti. Si hay discrepancia, Hacienda puede enviar un requerimiento a ambos.
Abril a junio 2027: Declaración de la Renta (Modelo 100)
| Tipo de presentación | Plazo |
|---|---|
| Online (sede electrónica) | Desde abril hasta el 30 de junio de 2027 |
| Telefónica (cita previa) | Desde mayo hasta el 30 de junio de 2027 |
| Presencial (oficinas AEAT) | Durante junio, hasta el 30 de junio de 2027 |
| Domiciliación (si sale a pagar) | Hasta 25 junio 2027 |
La declaración de la renta es el gran ajuste final. Aquí se calcula tu IRPF real del año 2026, aplicando los tramos progresivos, deducciones personales y familiares, y se restan todos los pagos que ya hiciste vía Modelo 130 y las retenciones soportadas.
Para los autónomos, la renta incluye una sección específica de rendimientos de actividades económicas donde declaras tus ingresos, gastos y beneficio neto del año. Si has llevado bien tus 130 trimestrales, no debería haber grandes sorpresas.
Consejo
Fraccionar el pago de la renta
Si la renta te sale a pagar, puedes fraccionar en dos plazos: 60% en junio y 40% en noviembre, sin intereses ni recargo. Solo tienes que marcar la casilla correspondiente al presentar. Es una opción que muchos desconocen y que puede aliviar el golpe.
Domiciliación bancaria: plazos reducidos
La domiciliación bancaria consiste en autorizar a Hacienda para que cargue el importe de tu declaración directamente en tu cuenta. Es cómoda porque no necesitas ir al banco ni obtener un NRC, pero tiene un plazo más corto: normalmente 5 días antes del cierre del plazo general.
| Período | Plazo normal | Plazo domiciliación | Días menos |
|---|---|---|---|
| 1T (abril) | Hasta 20 abril | Hasta 15 abril | 5 días |
| 2T (julio) | Hasta 20 julio | Hasta 15 julio | 5 días |
| 3T (octubre) | Hasta 20 octubre | Hasta 15 octubre | 5 días |
| 4T (enero) | Hasta 30 enero | Hasta 25 enero | 5 días |
La ventaja: aunque domicilies antes (por ejemplo, el 10 de abril), el cargo en tu cuenta no se hace hasta el último día del plazo normal (el 20 de abril). Así que presentas antes pero pagas después: un pequeño bonus de liquidez.
Resumen completo: calendario fiscal 2026-2027
Aquí tienes todas las fechas en una sola tabla para consultar rápidamente:
| Fecha límite | Modelos | Período / Concepto |
|---|---|---|
| 20 abril 2026 | 303, 130, 349 | 1er trimestre (ene-mar) |
| 20 julio 2026 | 303, 130, 349 | 2o trimestre (abr-jun) |
| 20 octubre 2026 | 303, 130, 349 | 3er trimestre (jul-sep) |
| 1 febrero 2027 | 303, 130, 349, 390, 180 | 4o trimestre (oct-dic) + resúmenes anuales |
| 1 marzo 2027 | 347 | Operaciones con terceros > 3.005,06 € |
| 30 junio 2027 | 100 (Renta) | Declaración de la Renta 2026 |
Plazo
Festivos y fines de semana
Si el último día de un plazo cae en sábado, domingo o festivo nacional, se extiende al siguiente día hábil. Por ejemplo, si el 20 de abril cae en domingo, el plazo se amplía al lunes 21. Pero no cuentes con los festivos locales o autonómicos: Hacienda solo reconoce los nacionales salvo excepciones.
7 consejos para no perderte ningún plazo
- Configura alarmas 15 días antes. No esperes al día 18 para acordarte. Una alarma el día 5 del mes te da margen de sobra para preparar los números y presentar con calma.
- Presenta el primer día del plazo. Si tus números están listos, no hay razón para esperar. Presentar el día 1 o 2 elimina todo el estrés. Además, si hay algún problema técnico en la sede electrónica (que los hay), tienes días de margen.
- Lleva la contabilidad al día. La mayoría de retrasos no son por olvido, sino porque el autónomo no tiene sus facturas organizadas y necesita buscar tickets, sumar gastos y cuadrar números a última hora. Si cada semana dedicas 10 minutos a registrar tus facturas e ingresos, la presentación trimestral es trivial.
- No hagas los cálculos a mano. Una hoja de Excel es mejor que nada, pero cualquier error de fórmula o acumulado puede costarte. Si prefieres delegarlo, una gestoría online para autónomos como Kuotia prepara y presenta los modelos con tus facturas, y te dice antes de cada cargo cuánto pagas.
- Separa una cuenta bancaria para impuestos. Cada vez que cobres una factura, transfiere el IVA (21%) y un estimado del IRPF (15-20%) a una cuenta separada. Así, cuando llegue el plazo, el dinero ya está apartado y no sientes que "pierdes" nada.
- Domicilia si puedes. La domiciliación te obliga a presentar 5 días antes (lo cual es bueno, porque te fuerza a no dejarlo para el final) y el cargo se hace el último día. Es la mejor de ambas opciones.
- Presenta aunque no tengas actividad. Si no has facturado en el trimestre, presenta igualmente el 303 (y el 130 si aplica) con resultado cero. No presentar es peor que presentar a cero: Hacienda puede enviar un requerimiento, y eso siempre es más lío que un formulario vacío.
Cuidado
Recargos por presentación tardía
Si presentas fuera de plazo antes de que Hacienda te requiera, el recargo es del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso, y del 15% pasados 12 meses, sin sanción. Si Hacienda te requiere primero, no hay recargo: pagas la cuota, intereses de demora y una sanción del 50% al 150% de lo no ingresado. Consulta nuestra guía completa sobre sanciones de Hacienda para conocer todos los detalles.
Modelos menos comunes pero que podrían afectarte
Además de los modelos principales, hay algunos menos frecuentes que podrían ser relevantes dependiendo de tu situación:
- Modelo 111: retenciones de IRPF a trabajadores o profesionales. Solo si tienes empleados o subcontratas a otros autónomos y les retienes IRPF. Trimestral.
- Modelo 115: retenciones por alquiler de local comercial. Si alquilas un local y le retienes al propietario. Trimestral.
- Modelo 190: resumen anual del Modelo 111. Se presenta en enero, hasta el día 31.
- Modelo 184: declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, herencias yacentes). Enero.
El 111 y el 115 se presentan del 1 al 20 del mes siguiente a cada trimestre, también en el cuarto: hasta el 20 de enero, no el 30.