Te lo contamos con un ejemplo que sigue de principio a fin. Lucas es desarrollador web en Granada, autónomo en estimación directa simplificada, y factura a agencias y empresas con un programa de facturación. Veremos qué le cambia desde julio de 2027 y qué no le cambia nada.
¿Te afecta? Depende de cómo haces tus facturas
VeriFactu va sobre todo del programa con el que haces tus facturas. Por eso la primera pregunta no es cuánto facturas, sino con qué:
- ProgramaUn programa de facturación, una web o una app con la que emites tus facturasSí: el programa tiene que cumplirEl caso de LucasComprueba su declaración responsableY si no la tiene, cambia de programa a tiempo
- HojaUna hoja que además te saca el libro de ventas, el IVA del trimestre o tu contabilidadSí: cuenta como programaPor ejemplo, si una macro genera tu libroÚsala solo para escribirO pasa a un programa que cumpla
- AEATLa aplicación gratuita de facturación de la Agencia TributariaYa cumpleEmite la factura y envía su registro a HaciendaNada másMira sus límites más abajo
- TercerosTu gestoría u otra persona emite tus facturas en tu nombre con su programaSí: su programa tiene que cumplirLa obligación sigue siendo tuyaPregunta qué programa usaY que genere el registro de cada factura
- WordEscribes, imprimes y guardas tus facturas en Word o en una hoja, sin másNo te afectaNo es un sistema de facturaciónSigue igualCon todos los datos de una factura
- A manoFacturas a mano o en talonarioNo te afectaSin programa no hay nada que adaptarSigue igualSiempre que no mezcles con un programa
- SIILlevas tus libros del IVA por el Suministro Inmediato de InformaciónNo te afectaEl SII ya manda a Hacienda los registros de tus facturasSigue igualLo llevan sobre todo empresas grandes
Una regla que sorprende: si emites facturas con un programa, todas tienen que salir de un sistema que cumpla. No puedes hacer unas con el programa y otras a mano, salvo una excepción para facturar a la Administración con su herramienta gratuita. Si una operación no necesita factura y no la haces, no hay registro; si la haces igualmente con un programa, cuenta. Si tu IRPF lo gestiona la Hacienda foral del País Vasco o de Navarra, tienes sus propias normas. La lista completa de casos está en las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria.
Lo de Excel y Word tiene matices, y los contamos con ejemplos en facturas en Excel o Word con VeriFactu. Si haces tus facturas con una plantilla, la de cómo hacer una factura sirve tal cual: solo escribe la factura.
Cuándo es obligatorio: la fecha que vale y la anunciada
La fecha ya se ha movido dos veces y Hacienda ha anunciado una tercera. Hoy, 23 de octubre de 2026, la que obliga es la del Real Decreto-ley 15/2025, que el Congreso convalidó en diciembre de 2025:
- Los fabricantesLos programas que se venden tienen que cumplirNueve meses después de la orden técnica de octubre de 2024. Este plazo no se ha movido.
- BOESegundo retraso, el que está en vigorEl Real Decreto-ley 15/2025, en vigor desde el día siguiente, lleva las fechas de 2026 a 2027. El primero, el Real Decreto 254/2025, había llevado las de julio de 2025 a 2026.
- Anuncio de HaciendaHacienda anuncia otro retraso, a octubre de 2028Para que coincida con la factura electrónica. Falta la norma que lo cambie, y todavía no hay día concreto.
- BOELas sociedadesQuien tributa en el Impuesto sobre Sociedades.
- BOELos autónomos TúY el resto: comunidades de bienes, herencias yacentes y no residentes con establecimiento en España.
- Si se apruebaTodos, a la vez que la factura electrónicaLa factura electrónica entre empresas llega a los autónomos el 6 de octubre de 2028. Hacienda prevé mantener unas garantías técnicas sustancialmente equivalentes, con algunos ajustes.
Mientras el retraso no se publique en el BOE, planifica con el 1 de julio de 2027. Si se aprueba, ganas tiempo. Adelantarte te sirve: Hacienda prevé mantener unas garantías técnicas sustancialmente equivalentes, aunque puede haber ajustes después.
Cómo es una factura hecha con VeriFactu
Para quien la recibe, casi igual que ahora. Cambian dos cosas que se ven, el QR y una frase, y una que no se ve, el registro que el programa genera por cada factura. Así queda la primera factura de Lucas de julio de 2027, hecha con un programa que envía los registros a Hacienda:
- Lo que escribes no cambia. Los mismos datos de siempre, y el programa pone el número: la 2027-031 va después de la 2027-030, sin huecos. La agencia le paga 1.908 €.
- Un QR que se puede comprobar. Lleva su NIF, el número, la fecha y el importe total: 2.178 €, la base más el IVA, sin restar la retención. Su cliente lo escanea con el móvil y comprueba en la sede de la Agencia Tributaria que Hacienda tiene esa factura registrada. Mide entre 30 y 40 mm.
- La frase, solo si envía. Su programa manda cada registro a Hacienda, así que la factura dice «VERI*FACTU». Un programa que no los envía pone el QR, pero no la frase.
- Lo que no se ve. Al emitirla, el programa genera un registro con una huella calculada con sus datos y la huella del registro anterior. Así quedan encadenados, y este programa lo envía a Hacienda en ese momento.
Por qué una factura emitida ya no se puede tocar
Cada registro lleva su propia huella, un código que el programa calcula con los datos de la factura y con la huella del registro anterior. Los registros se encadenan en el orden en que el programa los genera, también las anulaciones. Si alguien cambia un importe de una factura ya registrada, su huella deja de cuadrar con la que guarda el registro siguiente, y el cambio se puede detectar:
- 2027‑03028 jun 2027 · total 968,00 €Huella8C21…E07D
- 2027‑0316 jul 2027 · total 2.178,00 €Anterior8C21…E07DHuella3F9A…9B2E
- 2027‑03220 ago 2027 · total 1.149,50 €Anterior3F9A…9B2EHuellaD4B7…10AF
- Si alguien cambia la 2027‑031de 2.178,00 a 1.778,00 €Huella nuevaA06C…44F1 No cuadra con la que guarda el registro de la 2027‑032: la alteración se puede detectar
Por eso, con un programa VeriFactu, una factura emitida no se edita ni se borra. Si hay que corregir un importe o un dato de los que obligan a rectificar, se emite una factura rectificativa, que crea su propio registro y queda en la cadena. Otros datos menores se pueden corregir sin rectificativa, subsanando el registro si hace falta. Si una factura se emitió por error, por ejemplo duplicada, el programa genera un registro de anulación, que también queda. Y si lo que estaba mal era solo el registro, no la factura, se subsana el registro.
Enviar los registros a Hacienda o guardarlos: las dos formas valen
El reglamento deja cumplir de dos maneras. El programa de Lucas usa la primera, pero las dos son legales y las dos encadenan los registros y ponen el QR. Si la factura es electrónica, de las que van de programa a programa, lleva la dirección del QR como un dato, sin dibujarlo:
VERI*FACTUEnvía cada registro a Hacienda
- Envía cada registro a la Agencia TributariaSí
- Firma electrónica de cada registroNo
- QR en la facturaSí
- La frase «VERI*FACTU»Sí
- Si Hacienda pide tus registrosYa los tiene
Si eliges enviar, sigues así hasta que acabe ese año. Los envíos de prueba antes de la fecha obligatoria no te atan.
Sin envíoLos guarda y los firma
- Envía cada registro a la Agencia TributariaNo
- Firma electrónica de cada registroSí
- QR en la facturaSí
- Registro de eventos del programaSí
- Si Hacienda pide tus registrosSe los das
El programa conserva los registros y los entrega si la Agencia Tributaria los requiere.
Para un autónomo con pocas facturas, enviar es lo más cómodo: no tienes que conservar ni entregar los registros, porque Hacienda ya los tiene, y tu cliente puede comprobar la factura con el QR. Tus facturas las guardas como siempre. Lo eliges en el programa, si te deja; muchos solo trabajan de una de las dos formas.
Tus impuestos no cambian: el trimestre de Lucas
VeriFactu cambia cómo se emite y se guarda una factura, no lo que declaras. Este es el tercer trimestre de 2027 de Lucas, el primero con VeriFactu si no cambia la fecha, calculado con nuestro motor fiscal, el mismo que prepara las declaraciones de nuestros clientes. Las facturas llevan su registro; el 303 es el de siempre:
Las mismas casillas y el mismo resultado que si hubiera hecho las tres facturas en Word: 3.950 € de ventas y 829,50 € de IVA. Sus clientes le retienen el 15 %, 592,50 € en el trimestre, que cuentan para su IRPF como siempre (si tiene que presentar el modelo 130, en él). Si lo domicilia, tiene hasta el 15 de octubre. Las casillas una a una, en la guía del modelo 303.
Lo único que se suma a sus gastos es el programa, si es de pago: como cualquier herramienta de trabajo, su cuota y su IVA son deducibles.
VeriFactu gratis: la aplicación de la Agencia Tributaria
Si emites pocas facturas y no quieres pagar un programa, la Agencia Tributaria tiene una aplicación de facturación en su sede que ya funciona en modalidad VERI*FACTU. Entras con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Antes de elegirla, mira lo que hace y lo que no:
- Lo que haceGratisSin límiteEmite tus facturas y envía sus registros a Hacienda, sin límite de facturas al año, al mes ni a la semana. Guarda tus datos de emisor para que no los escribas cada vez y te deja consultar tus registros.
- Lo que no haceSin ticketsSin migrarNo emite facturas simplificadas: cada factura lleva un destinatario. No admite algunos regímenes especiales ni varios destinatarios en una factura. Puedes descargar tus facturas en PDF, pero sus registros solo se gestionan dentro de la aplicación: no se exportan para seguir facturando con otro programa.
Sirve para emitir facturas: tus libros y tus impuestos van aparte, los lleves tú o tu gestoría. Para un profesional que factura a empresas, como Lucas, puede bastar. Si haces tickets a particulares con ordenador, no te sirve: necesitas otro programa o hacerlos a mano. Y si piensas cambiar de herramienta más adelante, recuerda que los registros se quedan en ella. Qué mirar en un programa de pago, en la guía para elegir programa de facturación.
Multas: lo que cuesta no cumplir
Las sanciones están en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria desde 2021. Son multas fijas, iguales para un autónomo con veinte facturas al año que para una empresa, y lo que se sanciona es tener el programa, no solo usarlo:
- Tener un programa que no cumple50.000 €Por cada ejercicio, si estás obligado y tienes un programa de facturación sin la certificación que exige el reglamento, o alterado. Esta es la que te toca a ti. Si cambias de programa, no dejes el antiguo listo para facturar.
- Vender programas que no cumplen150.000 €Para el fabricante, por cada ejercicio con ventas y cada tipo de programa. Si lo único que falta es la certificación, su declaración responsable, la multa es otra: 1.000 € por cada programa vendido sin ella.
- Facturas mal hechas1 %Aparte, como siempre (artículo 201): un 1 % del importe de las operaciones si faltan datos o están mal, un 2 % si no se expiden o no se guardan, y más si son falsas.
Lo que de verdad protege a un autónomo es sencillo: facturar con un programa que lo declara por escrito o con la aplicación de la AEAT, o con Word o un Excel que solo escribe. Más sobre multas y recargos, en sanciones de Hacienda para autónomos.
VeriFactu y la factura electrónica: dos normas que se juntan
Se confunden mucho porque las dos van de facturas y de programas. VeriFactu regula el programa con el que emites y guardas las facturas. La factura electrónica obligatoria regula el formato en el que mandas tus facturas a empresas y autónomos: un archivo estructurado, no un PDF. Lo que Hacienda anunció en octubre es justo que lleguen a la vez:
- VeriFactu para los autónomos, según la norma vigenteSi facturas con un programa, el programa tiene que cumplir el reglamento. Es la fecha que vale mientras no se publique otra.
- Factura electrónica para casi todos los autónomosPara quien no pasó de 8 millones de euros de facturación (los demás, un año antes): las facturas a empresas y autónomos establecidos en España, en formato electrónico estructurado, con excepciones como algunas simplificadas (Real Decreto 238/2026). Si se aprueba el retraso anunciado, VeriFactu llegaría ese mismo mes. Todo, en factura electrónica obligatoria.
En la práctica, lo normal es que el mismo programa cumpla las dos. Al elegir uno, pregunta por las dos cosas.
Qué hacer ahora, sin agobios
Quedan más de ocho meses hasta julio de 2027, y quizá dos años si se aprueba el retraso. Esto es todo lo que hay que hacer:
- Mira cómo facturasProgramaExcelWordCon el mapa de arriba. Si solo escribes tus facturas en Word o en una hoja, has terminado. Hoy
- Comprueba tu programaDeclaración responsableEl fabricante tiene que declarar por escrito, y a la vista en el propio programa, que cumple. Si no la encuentras, pregúntale. Antes de julio de 2027
- Cambia si hace faltaAl empezar un trimestreA un programa que cumpla o a la aplicación de la AEAT. Empezar con un trimestre nuevo evita partir uno entre dos herramientas. Enero o abril de 2027
Si estás a punto de darte de alta como autónomo, decide ya cómo vas a facturar: es más fácil empezar bien que cambiar después.
Errores frecuentes
- Mezclar programa y facturas a manoSi usas un programa, todas tus facturas tienen que salir de un sistema que cumpla, también la que haces deprisa fuera de la oficina.Elige una forma de facturar y úsala para todo.
- Editar o borrar una factura emitidaCon VeriFactu, el cambio queda a la vista en la cadena de registros, y tu cliente puede tener la versión anterior.Corrige con una factura rectificativa o, si fue un error de emisión, con la anulación del registro.
- Un Excel que «solo suma un poco»Si la hoja te calcula el IVA del trimestre o te monta el libro de ventas, cuenta como sistema de facturación.Deja la hoja solo para escribir facturas, o pasa a un programa que cumpla.
- Dar el retraso por hechoOctubre de 2028 es un anuncio. Mientras no se publique, la obligación empieza el 1 de julio de 2027.Planifica con 2027; si llega el retraso, tendrás tiempo de sobra.
- Fiarte de un sello que no existeNo hay certificado oficial de la Agencia Tributaria para los programas: lo que vale es la declaración responsable del fabricante.Búscala en el programa o pídesela por escrito.
- Pensar que es otro impuestoVeriFactu no añade ningún modelo ni cambia lo que pagas. Tus declaraciones salen igual.Lo único nuevo es cómo emite el programa tus facturas.
Cómo lo llevamos en Kuotia
Tú eliges cómo emites tus facturas. Lo que viene después es lo mismo con VeriFactu que sin él:
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TúEmites tus facturasCon tu programa, tu plantilla o la aplicación de la AEAT
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TúLlevas tus librosY sumas el IVA y las retenciones del trimestre
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TúPresentas tus impuestosEl 303, el 130 si te toca, y vigilas los plazos
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TúNos mandas tus facturasComo las hagas; si dudas, preguntas en el chat
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Tu gestorLas revisa y lleva tus librosSi falta algo, te lo pedimos
-
Tu gestorPresenta tus impuestosY antes te dice qué pagas
En el chat con tu gestorSi no sabes si tu forma de facturar te obliga, se lo preguntas por escrito en el chat. Muchas veces la solución es quitarle trabajo a tu hoja de cálculo: si los libros y el IVA los llevamos nosotros, tu Excel puede volver a ser solo una plantilla para escribir facturas.
Si quieres dejar tus impuestos en manos de un gestor, mira cómo funciona Kuotia o los precios.
Más sobre tus facturas
- Cómo hacer una facturaLos datos, el IVA y la retención, con plantilla
- Facturas en Excel o WordCuándo siguen valiendo con VeriFactu
- Factura rectificativaCómo corregir una factura emitida
- Factura electrónicaQué cambia en octubre de 2028
- Modelo 303El IVA de cada trimestre, casilla a casilla
- Programa de facturaciónQué mirar antes de elegir uno
Fuentes oficiales
Consultadas el 23 de octubre de 2026.
- Real Decreto 1007/2023, Reglamento de los sistemas informáticos de facturación: quién está obligado y quién no (art. 3), requisitos del programa (art. 8), registros de alta y anulación (arts. 9 a 11), huella y firma (art. 12), declaración responsable (art. 13), modalidad VERI*FACTU (arts. 15 y 16) y plazos (disposición final cuarta), BOE (texto consolidado).
- Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para las sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto, convalidado el 11 de diciembre de 2025, BOE.
- Nota del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026: previsión de retrasar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, enlazada en la página de VeriFactu de la Agencia Tributaria.
- Orden HAC/1177/2024: el código QR (arts. 20 y 21) y la frase «VERI*FACTU», BOE.
- Ley General Tributaria (Ley 58/2003), artículos 201 y 201 bis: sanciones por las facturas y por los programas, BOE (texto consolidado).
- Preguntas frecuentes de VeriFactu sobre el ámbito de aplicación: hojas de cálculo, facturas a mano, facturas emitidas por terceros y el SII, Agencia Tributaria (actualizadas el 21 de octubre de 2026).
- Aplicación gratuita VERI*FACTU de la AEAT: qué hace y sus límites, Agencia Tributaria.