Saltar al contenido
Kuotia

VeriFactu para autónomos: qué es, a quién afecta y cuándo

VeriFactu para autónomos: obligatorio el 1 de julio de 2027 y con retraso a octubre de 2028 anunciado. A quién afecta, Excel, la app gratis y multas.

VeriFactu es el nombre con el que se conoce el reglamento de los programas de facturación. Si haces tus facturas con un programa, ese programa tiene que generar por cada factura un registro encadenado que no se puede borrar ni cambiar sin que se note, y poner un código QR en la factura. Para los autónomos, la norma vigente lo hace obligatorio desde el 1 de julio de 2027. El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que lo retrasará a octubre de 2028, pero mientras ese cambio no salga en el BOE, la fecha sigue siendo la de 2027. Si haces tus facturas en Word o en un Excel que solo usas para escribirlas, no te afecta. No es un impuesto ni un modelo nuevo, y tus declaraciones siguen igual.

¿Prefieres que se encargue tu gestor? Desde 59 €/mes + IVA.Crear cuenta

Te lo contamos con un ejemplo que sigue de principio a fin. Lucas es desarrollador web en Granada, autónomo en estimación directa simplificada, y factura a agencias y empresas con un programa de facturación. Veremos qué le cambia desde julio de 2027 y qué no le cambia nada.

¿Te afecta? Depende de cómo haces tus facturas

VeriFactu va sobre todo del programa con el que haces tus facturas. Por eso la primera pregunta no es cuánto facturas, sino con qué:

Si te afecta, según cómo facturasTe afectaQué hacesNo te afecta
  1. ProgramaUn programa de facturación, una web o una app con la que emites tus facturasSí: el programa tiene que cumplirEl caso de LucasComprueba su declaración responsableY si no la tiene, cambia de programa a tiempo
  2. HojaUna hoja que además te saca el libro de ventas, el IVA del trimestre o tu contabilidadSí: cuenta como programaPor ejemplo, si una macro genera tu libroÚsala solo para escribirO pasa a un programa que cumpla
  3. AEATLa aplicación gratuita de facturación de la Agencia TributariaYa cumpleEmite la factura y envía su registro a HaciendaNada másMira sus límites más abajo
  4. TercerosTu gestoría u otra persona emite tus facturas en tu nombre con su programaSí: su programa tiene que cumplirLa obligación sigue siendo tuyaPregunta qué programa usaY que genere el registro de cada factura
  5. WordEscribes, imprimes y guardas tus facturas en Word o en una hoja, sin másNo te afectaNo es un sistema de facturaciónSigue igualCon todos los datos de una factura
  6. A manoFacturas a mano o en talonarioNo te afectaSin programa no hay nada que adaptarSigue igualSiempre que no mezcles con un programa
  7. SIILlevas tus libros del IVA por el Suministro Inmediato de InformaciónNo te afectaEl SII ya manda a Hacienda los registros de tus facturasSigue igualLo llevan sobre todo empresas grandes

Una regla que sorprende: si emites facturas con un programa, todas tienen que salir de un sistema que cumpla. No puedes hacer unas con el programa y otras a mano, salvo una excepción para facturar a la Administración con su herramienta gratuita. Si una operación no necesita factura y no la haces, no hay registro; si la haces igualmente con un programa, cuenta. Si tu IRPF lo gestiona la Hacienda foral del País Vasco o de Navarra, tienes sus propias normas. La lista completa de casos está en las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria.

Lo de Excel y Word tiene matices, y los contamos con ejemplos en facturas en Excel o Word con VeriFactu. Si haces tus facturas con una plantilla, la de cómo hacer una factura sirve tal cual: solo escribe la factura.

Cuándo es obligatorio: la fecha que vale y la anunciada

La fecha ya se ha movido dos veces y Hacienda ha anunciado una tercera. Hoy, 23 de octubre de 2026, la que obliga es la del Real Decreto-ley 15/2025, que el Congreso convalidó en diciembre de 2025:

Las fechas de VeriFactuLo que dice la normaLos programasAnunciado, sin norma
  1. Los fabricantesLos programas que se venden tienen que cumplirNueve meses después de la orden técnica de octubre de 2024. Este plazo no se ha movido.
  2. BOESegundo retraso, el que está en vigorEl Real Decreto-ley 15/2025, en vigor desde el día siguiente, lleva las fechas de 2026 a 2027. El primero, el Real Decreto 254/2025, había llevado las de julio de 2025 a 2026.
  3. Anuncio de HaciendaHacienda anuncia otro retraso, a octubre de 2028Para que coincida con la factura electrónica. Falta la norma que lo cambie, y todavía no hay día concreto.
  4. BOELas sociedadesQuien tributa en el Impuesto sobre Sociedades.
  5. BOELos autónomos TúY el resto: comunidades de bienes, herencias yacentes y no residentes con establecimiento en España.
  6. Si se apruebaTodos, a la vez que la factura electrónicaLa factura electrónica entre empresas llega a los autónomos el 6 de octubre de 2028. Hacienda prevé mantener unas garantías técnicas sustancialmente equivalentes, con algunos ajustes.

Mientras el retraso no se publique en el BOE, planifica con el 1 de julio de 2027. Si se aprueba, ganas tiempo. Adelantarte te sirve: Hacienda prevé mantener unas garantías técnicas sustancialmente equivalentes, aunque puede haber ajustes después.

Cómo es una factura hecha con VeriFactu

Para quien la recibe, casi igual que ahora. Cambian dos cosas que se ven, el QR y una frase, y una que no se ve, el registro que el programa genera por cada factura. Así queda la primera factura de Lucas de julio de 2027, hecha con un programa que envía los registros a Hacienda:

  1. Lo que escribes no cambia. Los mismos datos de siempre, y el programa pone el número: la 2027-031 va después de la 2027-030, sin huecos. La agencia le paga 1.908 €.
  2. Un QR que se puede comprobar. Lleva su NIF, el número, la fecha y el importe total: 2.178 €, la base más el IVA, sin restar la retención. Su cliente lo escanea con el móvil y comprueba en la sede de la Agencia Tributaria que Hacienda tiene esa factura registrada. Mide entre 30 y 40 mm.
  3. La frase, solo si envía. Su programa manda cada registro a Hacienda, así que la factura dice «VERI*FACTU». Un programa que no los envía pone el QR, pero no la frase.
  4. Lo que no se ve. Al emitirla, el programa genera un registro con una huella calculada con sus datos y la huella del registro anterior. Así quedan encadenados, y este programa lo envía a Hacienda en ese momento.
1 · La factura 2027-031: 1.800 + 378 − 270 = 1.908,00 €. 2 · El QR: NIF, número, fecha e importe total, 2.178,00 €. 3 · La frase VERI*FACTU, porque envía los registros. 4 · El registro, encadenado al anterior y enviado a Hacienda.

Por qué una factura emitida ya no se puede tocar

Cada registro lleva su propia huella, un código que el programa calcula con los datos de la factura y con la huella del registro anterior. Los registros se encadenan en el orden en que el programa los genera, también las anulaciones. Si alguien cambia un importe de una factura ya registrada, su huella deja de cuadrar con la que guarda el registro siguiente, y el cambio se puede detectar:

Los registros de Lucas, uno detrás de otroHuellas acortadas: las de verdad tienen 64 caracteres
  1. 2027‑03028 jun 2027 · total 968,00 €Huella8C21…E07D
  2. 2027‑0316 jul 2027 · total 2.178,00 €Anterior8C21…E07DHuella3F9A…9B2E
  3. 2027‑03220 ago 2027 · total 1.149,50 €Anterior3F9A…9B2EHuellaD4B7…10AF
  4. Si alguien cambia la 2027‑031de 2.178,00 a 1.778,00 €Huella nuevaA06C…44F1 No cuadra con la que guarda el registro de la 2027‑032: la alteración se puede detectar

Por eso, con un programa VeriFactu, una factura emitida no se edita ni se borra. Si hay que corregir un importe o un dato de los que obligan a rectificar, se emite una factura rectificativa, que crea su propio registro y queda en la cadena. Otros datos menores se pueden corregir sin rectificativa, subsanando el registro si hace falta. Si una factura se emitió por error, por ejemplo duplicada, el programa genera un registro de anulación, que también queda. Y si lo que estaba mal era solo el registro, no la factura, se subsana el registro.

Enviar los registros a Hacienda o guardarlos: las dos formas valen

El reglamento deja cumplir de dos maneras. El programa de Lucas usa la primera, pero las dos son legales y las dos encadenan los registros y ponen el QR. Si la factura es electrónica, de las que van de programa a programa, lleva la dirección del QR como un dato, sin dibujarlo:

Dos formas de cumplirLo que hace el programa en cada una

VERI*FACTUEnvía cada registro a Hacienda

  1. Envía cada registro a la Agencia TributariaSí
  2. Firma electrónica de cada registroNo
  3. QR en la facturaSí
  4. La frase «VERI*FACTU»Sí
  5. Si Hacienda pide tus registrosYa los tiene

Si eliges enviar, sigues así hasta que acabe ese año. Los envíos de prueba antes de la fecha obligatoria no te atan.

Sin envíoLos guarda y los firma

  1. Envía cada registro a la Agencia TributariaNo
  2. Firma electrónica de cada registroSí
  3. QR en la facturaSí
  4. Registro de eventos del programaSí
  5. Si Hacienda pide tus registrosSe los das

El programa conserva los registros y los entrega si la Agencia Tributaria los requiere.

Para un autónomo con pocas facturas, enviar es lo más cómodo: no tienes que conservar ni entregar los registros, porque Hacienda ya los tiene, y tu cliente puede comprobar la factura con el QR. Tus facturas las guardas como siempre. Lo eliges en el programa, si te deja; muchos solo trabajan de una de las dos formas.

Tus impuestos no cambian: el trimestre de Lucas

VeriFactu cambia cómo se emite y se guarda una factura, no lo que declaras. Este es el tercer trimestre de 2027 de Lucas, el primero con VeriFactu si no cambia la fecha, calculado con nuestro motor fiscal, el mismo que prepara las declaraciones de nuestros clientes. Las facturas llevan su registro; el 303 es el de siempre:

Su 303 del tercer trimestre de 2027BaseIVACasillas
Factura 2027-031, 6 de julioWeb corporativa para una agencia · con su registro y su QR1.800,00 €378,00 €0709
Factura 2027-032, 20 de agostoMantenimiento para una empresa · con su registro y su QR950,00 €199,50 €0709
Factura 2027-033, 14 de septiembreUna tienda online · con su registro y su QR1.200,00 €252,00 €0709
Sus gastos con IVAHosting y programas de trabajo, incluido su programa de facturación300,00 €63,00 €2829
Resultado a ingresar829,50 − 63,00, hasta el 20 de octubre de 2027766,50 €71

Las mismas casillas y el mismo resultado que si hubiera hecho las tres facturas en Word: 3.950 € de ventas y 829,50 € de IVA. Sus clientes le retienen el 15 %, 592,50 € en el trimestre, que cuentan para su IRPF como siempre (si tiene que presentar el modelo 130, en él). Si lo domicilia, tiene hasta el 15 de octubre. Las casillas una a una, en la guía del modelo 303.

Lo único que se suma a sus gastos es el programa, si es de pago: como cualquier herramienta de trabajo, su cuota y su IVA son deducibles.

VeriFactu gratis: la aplicación de la Agencia Tributaria

Si emites pocas facturas y no quieres pagar un programa, la Agencia Tributaria tiene una aplicación de facturación en su sede que ya funciona en modalidad VERI*FACTU. Entras con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Antes de elegirla, mira lo que hace y lo que no:

  • Lo que haceGratisSin límiteEmite tus facturas y envía sus registros a Hacienda, sin límite de facturas al año, al mes ni a la semana. Guarda tus datos de emisor para que no los escribas cada vez y te deja consultar tus registros.
  • Lo que no haceSin ticketsSin migrarNo emite facturas simplificadas: cada factura lleva un destinatario. No admite algunos regímenes especiales ni varios destinatarios en una factura. Puedes descargar tus facturas en PDF, pero sus registros solo se gestionan dentro de la aplicación: no se exportan para seguir facturando con otro programa.

Sirve para emitir facturas: tus libros y tus impuestos van aparte, los lleves tú o tu gestoría. Para un profesional que factura a empresas, como Lucas, puede bastar. Si haces tickets a particulares con ordenador, no te sirve: necesitas otro programa o hacerlos a mano. Y si piensas cambiar de herramienta más adelante, recuerda que los registros se quedan en ella. Qué mirar en un programa de pago, en la guía para elegir programa de facturación.

Multas: lo que cuesta no cumplir

Las sanciones están en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria desde 2021. Son multas fijas, iguales para un autónomo con veinte facturas al año que para una empresa, y lo que se sanciona es tener el programa, no solo usarlo:

  • Tener un programa que no cumple50.000 €Por cada ejercicio, si estás obligado y tienes un programa de facturación sin la certificación que exige el reglamento, o alterado. Esta es la que te toca a ti. Si cambias de programa, no dejes el antiguo listo para facturar.
  • Vender programas que no cumplen150.000 €Para el fabricante, por cada ejercicio con ventas y cada tipo de programa. Si lo único que falta es la certificación, su declaración responsable, la multa es otra: 1.000 € por cada programa vendido sin ella.
  • Facturas mal hechas1 %Aparte, como siempre (artículo 201): un 1 % del importe de las operaciones si faltan datos o están mal, un 2 % si no se expiden o no se guardan, y más si son falsas.

Lo que de verdad protege a un autónomo es sencillo: facturar con un programa que lo declara por escrito o con la aplicación de la AEAT, o con Word o un Excel que solo escribe. Más sobre multas y recargos, en sanciones de Hacienda para autónomos.

VeriFactu y la factura electrónica: dos normas que se juntan

Se confunden mucho porque las dos van de facturas y de programas. VeriFactu regula el programa con el que emites y guardas las facturas. La factura electrónica obligatoria regula el formato en el que mandas tus facturas a empresas y autónomos: un archivo estructurado, no un PDF. Lo que Hacienda anunció en octubre es justo que lleguen a la vez:

  1. VeriFactu para los autónomos, según la norma vigenteSi facturas con un programa, el programa tiene que cumplir el reglamento. Es la fecha que vale mientras no se publique otra.
  2. Factura electrónica para casi todos los autónomosPara quien no pasó de 8 millones de euros de facturación (los demás, un año antes): las facturas a empresas y autónomos establecidos en España, en formato electrónico estructurado, con excepciones como algunas simplificadas (Real Decreto 238/2026). Si se aprueba el retraso anunciado, VeriFactu llegaría ese mismo mes. Todo, en factura electrónica obligatoria.

En la práctica, lo normal es que el mismo programa cumpla las dos. Al elegir uno, pregunta por las dos cosas.

Qué hacer ahora, sin agobios

Quedan más de ocho meses hasta julio de 2027, y quizá dos años si se aprueba el retraso. Esto es todo lo que hay que hacer:

  1. Mira cómo facturasProgramaExcelWordCon el mapa de arriba. Si solo escribes tus facturas en Word o en una hoja, has terminado. Hoy
  2. Comprueba tu programaDeclaración responsableEl fabricante tiene que declarar por escrito, y a la vista en el propio programa, que cumple. Si no la encuentras, pregúntale. Antes de julio de 2027
  3. Cambia si hace faltaAl empezar un trimestreA un programa que cumpla o a la aplicación de la AEAT. Empezar con un trimestre nuevo evita partir uno entre dos herramientas. Enero o abril de 2027

Si estás a punto de darte de alta como autónomo, decide ya cómo vas a facturar: es más fácil empezar bien que cambiar después.

Errores frecuentes

  • Mezclar programa y facturas a manoSi usas un programa, todas tus facturas tienen que salir de un sistema que cumpla, también la que haces deprisa fuera de la oficina.Elige una forma de facturar y úsala para todo.
  • Editar o borrar una factura emitidaCon VeriFactu, el cambio queda a la vista en la cadena de registros, y tu cliente puede tener la versión anterior.Corrige con una factura rectificativa o, si fue un error de emisión, con la anulación del registro.
  • Un Excel que «solo suma un poco»Si la hoja te calcula el IVA del trimestre o te monta el libro de ventas, cuenta como sistema de facturación.Deja la hoja solo para escribir facturas, o pasa a un programa que cumpla.
  • Dar el retraso por hechoOctubre de 2028 es un anuncio. Mientras no se publique, la obligación empieza el 1 de julio de 2027.Planifica con 2027; si llega el retraso, tendrás tiempo de sobra.
  • Fiarte de un sello que no existeNo hay certificado oficial de la Agencia Tributaria para los programas: lo que vale es la declaración responsable del fabricante.Búscala en el programa o pídesela por escrito.
  • Pensar que es otro impuestoVeriFactu no añade ningún modelo ni cambia lo que pagas. Tus declaraciones salen igual.Lo único nuevo es cómo emite el programa tus facturas.

Cómo lo llevamos en Kuotia

Tú eliges cómo emites tus facturas. Lo que viene después es lo mismo con VeriFactu que sin él:

Por tu cuentaSin gestor
  1. TúEmites tus facturasCon tu programa, tu plantilla o la aplicación de la AEAT
  2. TúLlevas tus librosY sumas el IVA y las retenciones del trimestre
  3. TúPresentas tus impuestosEl 303, el 130 si te toca, y vigilas los plazos
General y Digital
  1. TúNos mandas tus facturasComo las hagas; si dudas, preguntas en el chat
  2. Tu gestorLas revisa y lleva tus librosSi falta algo, te lo pedimos
  3. Tu gestorPresenta tus impuestosY antes te dice qué pagas

En el chat con tu gestorSi no sabes si tu forma de facturar te obliga, se lo preguntas por escrito en el chat. Muchas veces la solución es quitarle trabajo a tu hoja de cálculo: si los libros y el IVA los llevamos nosotros, tu Excel puede volver a ser solo una plantilla para escribir facturas.

Si quieres dejar tus impuestos en manos de un gestor, mira cómo funciona Kuotia o los precios.

Más sobre tus facturas

Fuentes oficiales

Consultadas el 23 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes sobre VeriFactu

El nombre con el que se conoce el reglamento de los sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023). Si haces tus facturas con un programa, el programa tiene que generar por cada una un registro encadenado con una huella, que no se puede borrar ni cambiar sin que se note, y poner un código QR en la factura. No es un impuesto ni un modelo que presentar: no cambia tu IVA ni tu IRPF.

Según la norma vigente, el Real Decreto-ley 15/2025, desde el 1 de julio de 2027; para las sociedades, desde el 1 de enero de 2027. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que lo retrasará a octubre de 2028, para que coincida con la factura electrónica, pero hasta que ese cambio se publique en el BOE la fecha sigue siendo el 1 de julio de 2027.

Está anunciado, no aprobado. El Ministerio de Hacienda publicó el 5 de octubre de 2026 que modificará el Real Decreto 1007/2023 para llevar las obligaciones pendientes a octubre de 2028, sin dar todavía un día concreto. Mientras no salga en el BOE, la obligación de los autónomos sigue empezando el 1 de julio de 2027. Hacienda prevé mantener unas garantías técnicas sustancialmente equivalentes, aunque puede haber ajustes.

Sí, si solo los usas para escribir, emitir, imprimir y guardar las facturas: según la Agencia Tributaria, entonces no son un sistema de facturación y VeriFactu no te afecta. Sí te afecta si la hoja además te saca el libro de ventas, el IVA del trimestre o tu contabilidad, por ejemplo con una macro. Lo explicamos en facturas en Excel o Word.

Comprobar que tu versión cumple: el fabricante tiene que tenerlo declarado por escrito y a la vista en el propio programa, en su declaración responsable. Si cumple, sigues facturando igual y el programa hace lo demás. Si no lo dice o no piensa adaptarse, cámbiate antes del 1 de julio de 2027, mejor al empezar un trimestre.

No es obligatorio. Puedes usar un programa en modalidad VERI*FACTU, que envía el registro de cada factura a la Agencia Tributaria al emitirla, o uno que no los envía, pero los firma, los guarda y lleva un registro de eventos para dárselos a Hacienda si los pide. Las dos formas cumplen. Si eliges enviarlos, tienes que seguir así por lo menos hasta el final de ese año; los envíos de prueba antes de la fecha obligatoria no te atan. Tus facturas las conservas en los dos casos.

Sí: la aplicación gratuita de facturación VERI*FACTU de la Agencia Tributaria, en su sede, con Cl@ve, certificado o DNI electrónico. Emite facturas y envía sus registros a Hacienda, sin límite de facturas. No hace tickets (facturas simplificadas) y sus registros no se pueden llevar a otro programa para seguir facturando, aunque las facturas se descargan en PDF. Tus libros y tus impuestos van aparte.

Tener un programa de facturación sin la certificación que exige el reglamento, estando obligado, o uno alterado, se sanciona con 50.000 € por cada ejercicio (artículo 201 bis de la Ley General Tributaria). Se sanciona tenerlo, no solo usarlo. El fabricante que vende programas que no cumplen se arriesga a 150.000 €. Aparte, las facturas mal hechas tienen su propia sanción.

No. VeriFactu regula el programa con el que haces tus facturas; la factura electrónica obligatoria regula el formato en el que mandas las facturas a empresas y autónomos establecidos en España. A los autónomos que no pasan de 8 millones de euros de facturación, casi todos, la factura electrónica se les aplica desde el 6 de octubre de 2028, y Hacienda ha anunciado que quiere llevar VeriFactu a esas mismas fechas. Lo contamos en factura electrónica obligatoria.

No. VeriFactu cambia cómo se emite y se guarda una factura, no lo que declaras: tus ventas y su IVA van a las mismas casillas del 303 y tus ingresos y retenciones, al 130 si lo presentas, igual que antes. Lo que no puedes hacer es borrar o editar una factura emitida: si el error obliga a rectificar, emites una factura rectificativa.

Sí, elegir cómo emites tus facturas, porque la obligación es tuya y va con el programa con el que facturas. Con Kuotia nos mandas tus facturas como las hagas, con tu programa, tu plantilla o la aplicación de la AEAT, y tu gestor las revisa, las lleva a tus libros y presenta tus impuestos. Si no sabes si tu forma de facturar te obliga, lo preguntas por escrito en el chat.

Equipo de KuotiaEscribimos y revisamos estas guías con la normativa vigente en la fecha indicada. Son información general: para tu caso concreto, pregunta a tu gestor. Cómo trabajamos

Tú haces tus facturas. Nosotros, lo que viene después.

Nos mandas tus facturas como las emitas, con VeriFactu o con tu plantilla, y tu gestor las revisa, lleva tus libros, presenta tus impuestos y te dice qué pagas y cuándo.